Actividades
Las empresas SEM pueden realizar a su mismo grupo empresarial los siguientes servicios:
- Dirección y/o administración de las operaciones.
- La logística y/o almacenaje de componentes o partes requeridos para la fabricación o ensamblaje de productos que manufacturan.
- Asistencia técnica a empresas del grupo empresarial o a clientes que hayan adquirido algún producto o servicio de la empresa. La gerencia financiera, incluyendo los servicios de tesorería.
- Contabilidad
- Elaboración de planos de diseños y/o construcciones, que constituyan parte de la actividad de negocios de la casa matriz o de cualquiera de sus subsidiarias.
- El procesamiento electrónico de cualquier actividad, consolidaciones de las operaciones del grupo empresarial y de redes.
- Las asesorías, la coordinación y el seguimiento de los lineamientos de mercadeo y publicidad de bienes o servicios producidos.
- El soporte de operaciones e investigación, desarrollo de productos y servicios.
- Servicio de asistencia financiera, que incluye; gerencia financiera, análisis de riesgo, análisis de crédito, debida diligencia, custodia, archivo de documentación, centro de procesamiento de documentos, servicios de tesorería.
- Cualquier otro servicio análogo aprobado previamente por el Ejecutivo.
Cabe mencionar que las empresas SEM, que deseen aumentar o ampliar actividades para prestar servicios relacionados a la manufactura descritos en la Ley EMMA o Ley 159 de 31 de agosto de 2020 podrán acogerse a ese régimen. La Secretaría Técnica podrá tomar en cuenta toda la documentación para procurar un proceso de automatización más expedito.
Teléfono: (507)-560-0600. Ext: 5890-91-92
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