Beneficios
Beneficios Fiscales
- La empresa queda exenta del pago de Impuesto sobre la Renta de la República de Panamá los primeros cinco (5) años a partir de su registro. Transcurrido dicho periodo, deberán pagar el impuesto sobre la renta en la República de Panamá sobre la renta neta gravable derivada de los servicios prestados a una tarifa del 5%
- Exención de ITBMS por servicios prestados por EMMA a filiales que no generen renta gravable en Panamá
- Exención del pago del impuesto de dividendo, del impuesto complementario y del impuesto a las sucursales
- Impuesto sobre la renta sobre ganancias de capital a tasa del 2% por la transferencia de acciones de EMMA
- Exención del pago de ITBMS por la compra e importación de bienes y servicios en Panamá
- Exención del impuesto de Licencia de aviso de operación
- Retención de 2.5% sobre sumas remitidas a empresas establecidas en el extranjero por financiamientos
- Exoneración del impuesto de importación sobre todo tipo de mercancía, productos y equipos en general, utilizados para la prestación de servicios relacionados a la manufactura
Incentivos Laborales y Migratorios
- Visas por 5 años (prorrogables por igual plazo) para personal permanente
- Visas de 2 años (prorrogables) para personal temporal de niveles operativos o de entrenamiento
- Exención del impuesto sobre la renta, de las cuotas de seguro social y seguro educativo para personal que tenga una Visa de Personal Temporal o Visa de Personal Permanente para empresas EMMA
- Exención del pago de impuesto aplicable a menaje de casa, al momento de trasladarse por primera vez a Panamá, para personal con visa temporal y permanente de empresa multinacional