Operaciones de Tránsito
Peajes
Los peajes son las tasas pagadas por el buque por utilizar el Canal. Los peajes son determinados por los parámetros de medición del buque o por su capacidad de transporte de contenedores, dependiendo del tipo. Los peajes difieren en base al tipo de mercado (tipo de buque) y el estado de carga (si lastre o carga).
El sistema de arqueo utilizado en el Canal es conocido como el Sistema Universal de Arqueo de Buques del Canal de Panamá (CP/SUAB), siguiendo las reglas del Convenio Internacional de Arqueo de Tonelaje de Buques de 1969. Para determinar el tonelaje neto del Canal, este sistema aplica una fórmula matemática para la medición del volumen total de la nave. Una tonelada neta del Canal de Panamá es equivalente a 100 pies cúbicos de capacidad volumétrica. La tarifa es aplicada en base a la condición de carga o lastre (vacío) del barco. (Ver Peajes)
Servicios Marítimos
Los servicios marítimos son una variedad de servicios relacionados al tránsito y otros complementarios que apoyan el tránsito de naves por el Canal. Los servicios relacionados al tránsito son: la asistencia de remolcadores, los pasacables y los servicios de locomotoras. El arqueo de naves, el practicaje, la inspección de naves, el uso del canal de acceso, entre otros son los servicios complementarios.
Algunos de los servicios marítimos son de carácter obligatorio para todas las naves que transitan la vía acuática, y algunos otros se establecen en base a las dimensiones del barco, como los remolcadores. El practicaje, uso del canal de acceso, servicios de lancha y arqueo son servicios marítimos aplicados sólo en requerimiento o solicitud de la nave, los cuales no son necesarios en cada caso que la nave arribe al Canal.
Para mayores detalles ver la lista y costos de estos servicios marítimos.
Módulo de Reservaciones
El Canal de Panamá posee un sistema de reservaciones de tránsito que permite a un barco asegurar con antelación la fecha específica en que desea transitar por el pago de un cargo adicional. Bajo condiciones normales, el Canal ofrece cada día 17 cupos de reserva para naves con manga superior o igual a los 91 pies (conocidos como barcos Super), 8 cupos de reserva para naves con manga menor a los 91 pies (conocidos como barcos Regulares) y un cupo que es ofrecido por medio de una subasta vía internet para barcos de cualquier tamaño.
El Canal de Panamá ofrece una capacidad diaria del 70%. Las naves que posean la reservación de un cupo recibirán un servicio de tránsito expedito. Las naves que no posean reservaciones tienen que esperar hasta la programación de sus tránsitos en algunas de las entradas del Canal. El tráfico es administrado por medio un sistema de arribo (primero que llega, primero que sale) y de acuerdo a las restricciones individuales de cada nave.
El Canal de Panamá se compromete con los barcos que ya posean reservaciones, asegurando que:
- Deban iniciar sus tránsitos en el día de su reserva.
- El tiempo de intervalo entre el arribo a la primera esclusa y la salida de la última esclusa no deberá exceder las 18 horas.
Si estas condiciones no se cumplen, la tarifa por reservación no será cargada.
Programación del Tráfico del Canal: Sistema de Semiconvoy
Con el objetivo de maximizar la utilización de la vía acuática, el Canal establece un proceso de programación para el tránsito de naves utilizando un sistema de semiconvoy. Este sistema permite que se alcancen un máximo número de tránsitos cada día manteniendo la seguridad de las operaciones y minimizando el impacto de las restricciones como el corte despejado y tránsito de día. Para el proceso de programación, muchos elementos son tomados en consideración: las dimensiones de los barcos, el tipo de barco, su carga, así como otros requerimientos técnicos especiales.
Generalmente, la estrategia de semiconvoy opera de la siguiente manera:
- Dos grupos de convoys son coordinados para zarpar en dos programaciones diferentes: a inicios de la madrugada para barcos Super y a inicios de la tarde para barcos Regulares. Ambos turnos son organizados con el mismo sistema de programación. Los tránsitos más críticos son los barcos Super debido a sus dimensiones y restricciones a lo largo de la ruta.
- El convoy con dirección norte inicia su tránsito a tempranas horas de la mañana. Al mismo tiempo, un convoy similar de barcos transitan hacia el sur por las esclusas de Gatún y esperan en el área de anclaje de Gatún hasta que el convoy norte despeja el Corte Culebra. El Corte Culebra es una de las áreas de mayor restricción, por ende la mayoría de las barcos de grandes dimensiones necesitan transitar esta sección en una condición especial denominada «corte despejado con luz de día».
- El convoy sur está programado para entrar al Corte Culebra cuando la última nave en dirección norte lo haya despejado.
- Mientras el convoy sur transita por el Corte Culebra y alcanza las esclusas de Pedro Miguel y Miraflores, el convoy norte ya se encuentra completando su tránsito por las esclusas de Gatún en dirección al Océano Atlántico.
- El próximo turno de barcos Regulares (pequeños) inicia la misma rutina.
Los patrones de tránsito y programaciones son altamente susceptibles a las condiciones del clima a lo largo del día (por ejemplo, las restricciones de visibilidad por cambios en el clima) y el número de barcos en dirección norte y sur con restricciones en el corte y tránsito de día. Diariamente, el Canal de Panamá organiza y completa un detallado proceso de programación que puede diferir de los días anteriores.
Restricciones de Tránsito
La programación de tránsitos por el Canal toma en consideración las restricciones específicas que aplican para cada tipo de nave. Las restricciones se refieren a las limitaciones especiales aplicadas a una nave durante su tránsito y están basadas en sus dimensiones físicas, el tipo de buque y/o su carga. Al cumplir con estas restricciones, el Canal garantiza la seguridad de las operaciones de tránsito en todo momento.
Las restricciones más comunes consideradas para un tránsito por el Canal son:
- Corte Despejado (CD): Esto indica que una nave no puede encontrar a otra en el Corte Culebra. Esta restricción aplica generalmente a los buques con mangas mayores o igual a 91 pies.
- Corte Despejado con Luz de Día (CDLD): Una nave no puede encontrar a otra en el Corte Culebra y solamente puede transitar durante horas del día. Algunos barcos CDLD pueden ser programados para el Corte en horas nocturnas. Esto se decide según cada caso individual por el Capitán de Puerto del Canal.
- Tránsito con Luz de Día (LD): Una nave no puede transitar las esclusas ni el Corte Culebra en horas nocturnas.
- Tránsito completo con Luz de Día: Esta restricción indica que un barco debe realizar su tránsito completo en horas diurnas desde un anclaje externo hasta el otro anclaje externo sin demoras. Si se llega a estar dentro del Canal en horas nocturnas, la nave deberá ser amarrada en una estación o fondeada en un área designada de anclaje.
- Restricciones del canal de acceso: Algunos barcos no están permitidos para acercarse a otros en ciertas áreas del canal de acceso si sus mangas combinadas exceden entre 51.8 o 54.9 metros (170 o 180 pies), dependiendo de sus diseños y de la sección del canal de acceso.
El Corte Culebra y muchos otros canales de accesos han sido ampliados a lo largo de los años para permitir una mayor flexibilidad operacional y mantener la seguridad de los tránsitos.
CARACTERÍSTICAS | RESTRICCIONES | REQUERIMIENTOS DE REMOLCADORES | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
ESLORA | MANGA | CORTE DESPEJADO | TRÁNSITO CON LUZ DE DÍA | LUZ DE DÍA EN EL CORTE | CORTE DESPEJADO | LÍMITE TANDEM 800′ | LÍMITE CABLE 800′ (10) | ESCLUSAS | CORTE | |
IN (13) | OUT (13) | |||||||||
900′ O MÁS | CUALQUIERA | SI (11/12) | SI | SI | SI | – | – | 2 | 1 | 1 |
700′ O MÁS | – | – | – | – | – | SI | 2 | 0(1) | 2(3) | |
CUALQUIERA | 100′ O MÁS | SI | SI (8/9) | SI (5) | SI | SI | SI | 2 | 0(1) | 1 |
95.0-99.99′ | SI (11/12) | SI (8/9) | SI (5) | SI | SI | SI | 2 | 0(1) | 1 | |
91.0-94.99′ | SI (11/12) | SI (8/9) | SI (5) | SI (7) | SI | SI | 2 | 0 | 1 | |
85.0-90.99 | NO | NO | NO | NO (6) | SI | SI | 1(2) | 0 | 0(3) | |
80.0-84.99′ | NO | NO | NO | NO (6) | SI | SI | 1 | 0 | 0(3) | |
570′ O MÁS | 75.0-79.99′ | NO | NO | NO | NO | SI | SI | 1 | 0 | 0 |
MENOS DE 75.0′ | NO | NO | NO | NO | SI | SI | 1 | 0 | 0 | |
MENOS DE 570′ | 75.0-79.99′ | NO | NO | NO | NO | SI | SI | 0(4) | 0 | 0 |
MENOS DE 75.0′ | NO | NO | NO | NO | SI | SI | 0(4) | 0 | 0 |
Notas
- (1) Remolcadores saliendo a solicitud del práctico cuando está cargado, excepto saliendo de Gatún en dirección sur.
- (2) Dos remolcadores entrando a Pedro Miguel en dirección sur si la manga es 87′ o más.
- (3) Remolcador entrando en el corte si el calado medio es 64′ o más.
- (4) Sin remolcadores a menos que el desplazamiento máximo autorizado sea 25,000 tons o superior cuando sea autorizado por el Capitán de Operaciones del Canal para barcos específicos.
- (5) Seleccionar naves identificadas en cumplimiento con criterios establecidos que pueden ser programadas o permitidas para transitar el Corte en horas nocturnas.
- (6) Corte despejado durante la noche si el calado máximo excede de 38′ y la nave no posee otras restricciones de tránsito.
- (7) Corte despejado durante la noche y corte despejado durante el día si las mangas combinadas exceden 170′.
- (8) Excepto cuando califican para tránsitos nocturnos utilizando iluminación en su mástil superior.
- (9) En el evento de deterioro de la programación, el Capitán de Operaciones del Canal puede permitir que las naves arriben a las últimas esclusas con luz de día y zarpar en la oscuridad.
- (10) Naves comerciales y en tandem limitadas a 750′ de eslora total. Naves de la ACP y barcos individuales limitadas a 850′. Naves de la ACP y en tandem limitadas a 800′ de eslora total. Naves comerciales y barcos individuales limitadas a 800′.
- (11) Desde las esclusas de Gatún hacia las Boyas 12 y 13 del canal de acceso Atlántico si la manga combinada escede 180′ y el calado máximo del barco en agua salada tropical es superior a 32′.
- (12) Barcos de 900′ o más, el canal de acceso despajado desde las esclusas de Gatún hacia las Boyas 12 y 13 en el Atlántico.
- (13) In: Entrando y Out: Saliendo.
Fuente: Canal de Panamá Las restricciones de tránsito arriba descritas sólo tienen propósitos educativos. El Canal de Panamá posee una lista de restricciones más detalladas y actualizada el cual es proporcionada a todos los usuarios. Para la lista de restricciones completa, refiérase al sitio web de la Autoridad del Canal de Panamá.